El acceso a la píldora abortiva mifepristona (también conocida como RU-486) vuelve a ser objeto de disputa legal en Estados Unidos. En 2023, el Tribunal Supremo de EE.UU. bloqueó temporalmente una orden judicial que buscaba anular la aprobación de este medicamento por parte de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA).
El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito había mantenido parcialmente esa decisión, pero dejó vigentes restricciones que limitaban su disponibilidad. Un año después, el caso llegó nuevamente al Tribunal Supremo, que lo desestimó por unanimidad al considerar que los demandantes carecían de legitimación activa en el caso FDA v. Alliance for Hippocratic Medicine.
Sin embargo, la polémica no ha terminado. Ahora, los fabricantes del fármaco y grupos pro-vida han presentado una nueva demanda, Luisiana v. FDA, en la que un panel unánime del Quinto Circuito ha vuelto a bloquear una regulación de la FDA de 2023. Esta norma permitía recetar mifepristona sin necesidad de consulta médica presencial, es decir, mediante telemedicina.
El tribunal justificó su decisión argumentando que Luisiana tenía altas probabilidades de demostrar su legitimación activa y que la decisión de la FDA era arbitraria e irrazonable. La suspensión se basa en la Sección 705 de la Ley de Procedimiento Administrativo (APA).
Los argumentos controvertidos de Luisiana
El fallo del Quinto Circuito destaca por aceptar los argumentos de Luisiana sobre la legitimación activa, considerados muy ambiciosos por los expertos. El estado alega dos tipos de daños:
- Daño soberano: La disponibilidad de mifepristona por telemedicina facilita que los ciudadanos evadan las leyes restrictivas de aborto en Luisiana.
- Daño financiero: El estado tendría que asumir los costes médicos de complicaciones derivadas del uso del fármaco en mujeres que lo obtienen fuera del estado.
Aunque estos argumentos pueden parecer plausibles a primera vista, plantean serios problemas desde el punto de vista legal. En el caso United States v. Texas (2023), el Tribunal Supremo rechazó una teoría similar, en la que un estado intentaba impugnar políticas federales por facilitar conductas ilegales en otros territorios.
Además, la teoría de Luisiana podría abrir la puerta a demandas aún más amplias. Por ejemplo, California podría alegar legitimación activa contra Texas o el gobierno federal por la regulación de armas o medicamentos como la pseudoefedrina, argumentando que su uso en otros estados facilita delitos en California.
En cuanto al daño financiero, aunque es reconocible en términos legales, su conexión con la decisión de la FDA es cuestionable. Luisiana cita dos casos en los que mujeres tratadas por complicaciones derivadas de mifepristona obtenida fuera del estado generaron gastos para el estado. Sin embargo, no queda claro cómo estos casos son atribuibles directamente a la regulación federal.
Para demostrar legitimación activa, no basta con identificar un perjuicio; este debe ser trazable y directo a la acción impugnada. En este caso, el vínculo entre la regulación de la FDA y los supuestos daños alegados por Luisiana sigue siendo ambiguo.
¿Qué sigue en la batalla legal por la mifepristona?
La decisión del Quinto Circuito refleja la creciente polarización en torno al aborto en EE.UU., incluso en temas aparentemente técnicos como la regulación de medicamentos. Mientras los grupos antiaborto buscan restringir el acceso a la mifepristona, los defensores de los derechos reproductivos advierten sobre las consecuencias para la salud pública.
El caso podría llegar nuevamente al Tribunal Supremo, que ya ha demostrado en el pasado su reticencia a intervenir en disputas sobre aborto sin una base legal sólida. Por ahora, la incertidumbre persiste, y millones de mujeres en EE.UU. podrían ver afectado su acceso a este medicamento esencial.