El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha emitido una orden en el caso Smith v. Scott, relacionado con la inmunidad calificada. La Corte ha admitido a trámite la petición de *certiorari*, ha anulado la sentencia anterior y ha reenviado el caso al Noveno Circuito para que lo revise nuevamente, considerando el precedente establecido en Zorn v. Linton.
Sin embargo, tres de los magistrados —Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson— han votado en contra de admitir el caso. Esta disidencia en una orden de reenvío (*GVR*, por sus siglas en inglés) es un hecho poco común en la jurisprudencia reciente del Supremo.
El caso Smith v. Scott llevaba años en espera. Fue distribuido por primera vez a la conferencia del Tribunal en septiembre de 2025, mientras que Zorn v. Linton, el precedente que ha motivado el reenvío, se distribuyó en noviembre de 2025 y se resolvió el 23 de marzo de 2026. Los tres magistrados mencionados también discreparon de la resolución *per curiam* en ese caso.
Lo inusual de esta orden radica en varios aspectos:
- El caso Smith estaba estancado antes de que se resolviera Zorn.
- El reenvío no se produjo de inmediato, como suele ser habitual, sino tras un período de deliberación.
- Es excepcional que tres jueces discrepen de una orden de reenvío basada en un precedente no argumentado, emitido a través del llamado «docket de sombra».
Tras revisar bases de datos jurídicas como Westlaw, no se encontraron precedentes claros en los que tres magistrados hubieran votado en contra de un reenvío tras una resolución *per curiam*. Aunque existen casos en los que los jueces han votado en contra de un reenvío para evitarlo, como en Roman Catholic Diocese of Albany, no se registra un precedente similar con tres disidencias simultáneas.
Una orden de reenvío no resuelve el fondo del caso. En teoría, el asunto podría regresar al Supremo en el futuro. Sin embargo, las magistradas Sotomayor, Kagan y Jackson buscaban poner fin de inmediato a este caso sobre inmunidad calificada, lo que podría interpretarse como una protesta silenciosa contra la creación de precedentes a través del *docket de sombra*.
Aunque no se trata de una noticia de máxima relevancia, este episodio refleja tensiones en el seno del Tribunal Supremo sobre el uso de procedimientos acelerados para establecer jurisprudencia. No obstante, esta orden no implica dimisiones ni cambios en la composición de la Corte.