En un discurso pronunciado el pasado 8 de mayo, el presidente de la Comisión del Mercado de Valores de EE.UU. (SEC), Paul Atkins, anunció que la entidad podría evaluar la creación de un «camino de innovación» limitado para los sistemas de trading en blockchain en un futuro cercano. Paralelamente, la SEC mantendrá el proceso formal de notice-and-comment para determinar cómo encajan las plataformas de criptomonedas dentro de la definición de «bolsa de valores».

Atkins vinculó esta propuesta con el enfoque que la SEC adoptó en los años 90 para regular el trading electrónico. En aquella época, la agencia emitió cartas de no-action de manera ad hoc mientras el mercado evolucionaba, hasta que en 1998 se implementó la Regulación ATS. Este marco regulatorio permitió a los sistemas alternativos de trading operar como broker-dealers bajo condiciones específicas, equilibrando innovación y protección al inversor.

El presidente de la SEC propone replicar este modelo en el ámbito de las finanzas descentralizadas. Su discurso sugiere un enfoque en dos fases: primero, permitir ciertas operaciones en blockchain bajo condiciones controladas, y luego desarrollar un marco normativo definitivo que defina roles como «bolsa», «broker-dealer», «cámara de compensación» y «agente de transferencia» en mercados basados en software.

¿Por qué los mercados en blockchain exigen una nueva arquitectura?

Las normas tradicionales de la SEC están diseñadas para actores separados que cumplen funciones reguladas específicas: las bolsas emparejan órdenes, los broker-dealers las ejecutan, las cámaras de compensación las liquidan y los agentes de transferencia registran la propiedad. Sin embargo, un protocolo en blockchain puede automatizar todas estas funciones en segundos, eliminando la necesidad de intermediarios tradicionales.

Esta convergencia de roles genera incertidumbre legal, ya que actividades que en un entorno tradicional serían consideradas de «bolsa» podrían asemejarse a las de un broker-dealer o una cámara de compensación en un sistema descentralizado. Atkins reconoció este desafío y propuso un «camino limitado» para que las empresas operen dentro del perímetro regulatorio mientras se resuelven las definiciones más complejas.

Tabla comparativa: Funciones tradicionales vs. protocolos en blockchain

Categoría tradicional de la SEC Función regulada Lo que puede hacer un protocolo en blockchain
Bolsa Empareja órdenes de compra y venta Ejecuta operaciones automáticamente dentro del protocolo
Broker-dealer Dirige y ejecuta órdenes de clientes Gestiona liquidez y ejecuta transacciones mediante software
Cámara de compensación Liquida y compensa operaciones entre partes Liquida transacciones en cadena, a menudo en segundos
Agente de transferencia Mantiene registros de propiedad Actualiza registros de propiedad directamente en la blockchain

Posibles herramientas regulatorias

El «camino de innovación» podría materializarse a través de:

  • Exenciones condicionales.
  • Cartas de no-action temporales.
  • Programas piloto.
  • Un marco de registro adaptado («registration-lite»).

La secuencia propuesta sería: acceso condicional a corto plazo, seguido de un proceso formal de elaboración de normas para garantizar la sostenibilidad del marco regulatorio.

Contexto actual: La SEC ya aplica herramientas temporales

El 13 de abril, la División de Trading y Mercados de la SEC anunció medidas provisionales en este ámbito. Aunque el discurso de Atkins no especifica detalles concretos, su propuesta marca un cambio significativo respecto a la postura reciente de la agencia, que ha priorizado la aplicación de sanciones a empresas de criptomonedas sin marcos normativos claros.

Para las empresas del sector, este enfoque representaría un giro hacia un entorno más predecible, donde la innovación pueda desarrollarse dentro de un perímetro regulatorio definido, en lugar de enfrentarse a acciones de cumplimiento retroactivas.